Contáctenos

Consultas comerciales

0810-444-5427

Emergencias

0800-777-5427

Sucursales

Oficina Virtual

 

Ampliación de localidades contempladas en el Régimen de Zona Fría.

 

LEY N°27.637

 

En esta ley se amplían las localidades alcanzadas por el régimen de Zona Fría, sumando varias localidades dentro de la zona de distribución de Litoral Gas. Esto otorgará a los clientes con suministro en esas localidades, y determinadas tarifas, un descuento en su factura de gas.

 

Consultá si tu localidad está alcanzada por el beneficio: ENARGAS

 

LISTADO DE LOCALIDADES INCLUIDAS EN LA LEY 27.637 EN LA PROVINCIA DE SANTA FE
ACEBAL    CORONEL DOMINGUEZ PAVON    SERODINO   
ALDAO    CORREA    PEREZ    SOLDINI   
ALVAREZ    EL TREBOL PIÑERO    TEODELINA
ALVEAR    ELORTONDO    PTO. SAN MARTIN THEOBALD   
ANDINO    EMP.V.CONSTITUCION   PUEBLO ESTHER   TIMBUES   
AREQUITO    FIGHIERA    PUJATO    URANGA   
ARMSTRONG    FIRMAT    RICARDONE    VENADO TUERTO  
ARROYO SECO FRAY L. BELTRAN  ROLDAN    VILLA AMELIA  
ARTEAGA    FUNES    ROSARIO    VILLA CAÑAS  
BIGAND    GODOY    RUEDA    VILLA CONSTITUCION  
BOMBAL    GRAL. LAGOS  RUFINO    VILLA ELOISA  
CAÑADA DE GOMEZ  GRAN. BAIGORRIA  SASTRE    VILLA GOBERNADOR GALVEZ 
CAPITAN BERMUDEZ IBARLUCEA    SAN JERONIMO SUD  VILLADA   
CARCARAÑA    LAS PAREJAS SAN JORGE   WHEELWRIGHT       
CARLOS PELLEGRINI  LAS ROSAS SAN JOSE DE LA ESQUINA ZAVALLA     
CARMEN    LOS CARDOS  SAN LORENZO   
CASILDA    LOS MOLINOS   SANFORD     
CHABAS    MURPHY    SANTA ISABEL  
CHOVET    OLIVEROS    SARGENTO CABRAL    

 

 

 

LISTADO DE LOCALIDADES INCLUIDAS EN LA LEY 27.637 EN LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
ACEVEDO MARIANO ALFONZO 
ARRECIFES    ORTIZ BASUALDO
BARADERO    PEREZ MILLAN
CAMPOS SALLES   PERGAMINO  
COLON    RAMALLO
CONESA    RIO TALA
DE LA PEÑA  SAN NICOLAS  
DOYLE SAN PEDRO
EREZCANO  TODD
GRAL.ROJO    VILLA GENERAL SAVIO
GUERRICO    VILLA RAMALLO  
LA EMILIA  

 

¿Cómo son los descuentos y a qué tarifas corresponden?

 

Los descuentos podrán ser del 30% o 50% según corresponda la tarifa, condiciones de elegibilidad del beneficiario y que el suministro esté ubicado en las localidades incluidas en Zonas Frías. Los descuentos irán impactando en la factura de los clientes, primero en forma parcial, dadas las fechas de las lecturas de consumo, para posteriormente impactar con ese descuento en forma total en las facturas posteriores.

 

Los descuentos del 30% serán aplicados a los usuarios con Tarifa Residencial (de gas natural) y todos los usuarios de Gas Licuado de Petróleo por redes (GLP) de las localidades incluidas para ambos casos.

 

Los descuentos del 50% serán aplicados a los clientes inscriptos en el ANSES como beneficiarios de Tarifa Social y otros clientes elegibles por su condición social por la autoridad de aplicación en las localidades incluidas.

 

Los registros para inscribirse dentro de las condiciones elegibles para estos descuentos se deben realizar en los organismos correspondientes de gobierno, siendo estos trámites ajenos a Litoral Gas.

 

Para mayor información hace click en estos links https://www.enargas.gob.ar/ o https://www.anses.gob.ar/tarifa-social-de-gas o telefónicamente al ENARGAS al 0800-333-4444.

 

Adicionalmente el descuento del 50% también será aplicado a Entidades de Bien Público de acuerdo a la Ley 27.218, Asociaciones Civiles con ingresos ordinarios anuales menores a la categoría “G” del Régimen del Monotributo, Comedores comunitarios con o sin personería jurídica inscriptos en el Registro Nacional de Comedores y Merenderos Comunitarios de Organizaciones de la Sociedad Civil (RENACOM https://www.argentina.gob.ar/desarrollosocial/renacom), que se encuentren dentro de las localidades incluidas en la Ley de Zonas Frías.

 

Aquellos clientes alcanzados por los descuentos podrán ver en la factura las siguientes leyendas: una leyenda cruzada en color celeste que indica que está incorporado a los descuentos Ley 27.637 y una franja celeste en la parte inferior de la factura con un mensaje más detallado.

 

Ejemplo de factura con las leyendas de Zona Fría:

 

 

 

 

¿Qué pasa si mi suministro está en una localidad NO INCLUIDA en el listado de Zona Fría?

 

En ese caso no se te aplicará ninguno de estos descuentos mencionados por la Ley 27.637, independientemente de la tarifa que tengas.

 

¿Dónde puedo averiguar más sobre la ley de Zona Fría?

 

Para cualquier información adicional ingresá a https://www.enargas.gob.ar/https://www.enargas.gob.ar/secciones/zona-fria/zona-fria.php o comunícate telefónicamente Enargas al 0800-333-4444

 

Ley 27.637 publicada en el Boletín Oficial https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/246590/20210707

 

Algunas aclaraciones del ENARGAS a los usuario que se encuentran en localidades alcanzadas por Zona Fría

 

ENARGAS comunica a todos los usuarios/as que su localidad se encuentra alcanzada por el Beneficio del Régimen de Zona Fría según Ley Nº 27.637, por la que se amplió el universo de usuarios y usuarias con descuentos del 30% o 50% según corresponda.

Asimismo, los nuevos cuadros tarifarios que contienen el beneficio, ya se encuentran publicados y su aplicación resulta obligatoria para los consumos a partir del 05/08/2021. Cabe destacar que el impacto del beneficio será progresivo a partir del mes de agosto, pues dependerá del ciclo de lectura del medidor del período de consumo en el que los nuevos cuadros tarifarios resultan vigentes. En tal sentido, la facturación del período de consumo dentro del cual ocurre la vigencia de los nuevos cuadros tarifarios (05/08/2021), período de implementación, contendrá la parte del beneficio que proporcionalmente corresponda desde dicha fecha hasta el cierre del ciclo de lectura del medidor, mientras que el impacto pleno del beneficio se dará en la facturación del período de consumo subsiguiente. Es decir, el beneficio que se observe en la facturación relativa al período de implementación del nuevo régimen es proporcional a los días de vigencia de las nuevas tarifas diferenciales dentro de dicho período, por lo que el monto que se visualizará en las facturas recibidas en agosto, septiembre y, según el caso, hasta octubre y noviembre, podría no ser el total del beneficio.